EL ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO.
El arrendamiento de negocio se encuentra regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dentro del arrendamiento para uso distinto del de vivienda.
Conforme al artículo 3 de la LAU:
Se considera arrendamiento para uso distinto del de vivienda aquel arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uso distinto del de vivienda habitual.
Tiene esta consideración, entre otros, el arrendamiento de local de negocio.