Siguiendo con el tema de los artículos anteriores, sobre Responsabilidad Patrimonial de la Administración, os contamos que sucedió en otro de los casos que llevamos en el despacho.

En este caso, se reclamó al Ayuntamiento de Badajoz, antes de acudir a la vía judicial, una indemnización para nuestro cliente por los daños causados a su vehículo a causa de la caída de un árbol encima del mismo.

El Ayuntamiento no ofreció ningún tipo de indemnización, alegando que en el momento en el que se produjeron los hechos existían condiciones climatológicas adversas, ya que la ciudad de Badajoz se encontraba en alerta por fuertes vientos de hasta 90 km/h, siendo esta la causa de la caída del árbol.

Sin embargo, nosotros demostramos mediante el informe pericial correspondiente, que el árbol que cayó encima de su vehículo se encontraba en muy mal estado de conservación, siendo obligación del Ayuntamiento su correcto mantenimiento, debiendo indemnizar por los daños sufridos a causa del anormal funcionamiento de los servicios públicos.

Finalmente, en la vía judicial, El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz, estimó la demanda presentada, sosteniendo que la responsabilidad recae en la Administración debido a un funcionamiento anormal de los servicios públicos, concluyendo que el Ayuntamiento es responsable y debe indemnizar a nuestro cliente.

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