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La semana pasada publicamos los requisitos para obtener el permiso de residencia en la modalidad de arraigo familiar en la que el padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española puede conseguir el permiso de residencia y trabajo en España durante 5 años.

En la publicación de hoy, de manera semejante recogeremos el supuesto en el que los ascendientes de ciudadano español mayor de edad, o de su cónyuge o pareja de hecho puede optar a este permiso .

Icono sentencia -⚖️ Abogados Badajoz F&R

Esta Sentencia dictada por el TSJ de Extremadura confirma la Sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Badajoz y estima íntegramente la demanda presentada por el Abogado de FRANCO&ROMERO ABOGADOS, Carlos Franco contra el Ayuntamiento de Badajoz y el trabajador al que se le había adjudicado la plaza de Profesor de la Banda Municipal de Música del Ayuntamiento de Badajoz por encontrarse este último en régimen de incompatibilidad, reconociendo con ello el derecho de nuestro cliente a ocupar dicha plaza.

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Ese plazo de un año se recoge en el artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor:

“El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año”.

Pero… ¿desde cuándo comienza a contar ese plazo de 1 año?

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Un heredero forzoso, ya sea un hijo, padre o marido/mujer, solamente podrá ser desheredado o privado de la legítima por causas tasadas legalmente, para entender mejor en qué consiste la legítima le recomendamos leer la anterior publicación donde se explica las partes en las que se divide una herencia.

Estas causas se recogen en los arts. 756, 852 y siguientes del Código Civil, que se resumen a continuación:

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La respuesta generalmente es no, solo existen algunas causas justificadas para esta exclusión que se contienen en los artículos 756, 852 y siguientes del Código Civil como son la incapacidad por indignidad, pero las causas de desheredación serán objeto de explicación en otra ocasión.

Siguiendo con lo anterior, si el motivo por el que usted quiere desheredar a su hijo es porque tienes poca o ninguna relación con él, deberá dejarle al menos la parte que le corresponda de la legítima estricta.

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