El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJ Aragón) ha aclarado en su reciente sentencia nº 132/2025 de 20 Feb. 2025, Rec. 39/2025 que los pantallazos de WhatsApp pueden ser admitidos como prueba en un juicio, pero su validez está condicionada a que sean debidamente autenticados.

En este caso, una trabajadora aportó capturas de conversaciones por WhatsApp para demostrar que su despido fue una represalia tras reclamar sus derechos laborales. Sin embargo, el tribunal rechazó dicha prueba por no haber sido autentificada mediante prueba pericial, testifical o cotejo ante el Letrado de la Administración de Justicia.

Fundamentos de la decisión

  • 1. Exigencia de autenticidad de la prueba digital:
  • La Ley permite el uso de pruebas electrónicas, pero estas deben cumplir con garantías de autenticidad y veracidad.

    La sentencia señala que los pantallazos pueden ser manipulados fácilmente, por lo que es necesario demostrar la identidad de los interlocutores, la fecha y la integridad del mensaje.

  • 2. Medios para acreditar la autenticidad de los mensajes:
    • Prueba pericial informática, que verifique el origen y la integridad de los mensajes.
    • Testigos, como el destinatario del mensaje o terceros que puedan confirmar su contenido.
    • Cotejo por el Letrado de la Administración de Justicia, que puede certificar la veracidad del mensaje en los dispositivos originales.
  • 3. Diferencia con otros medios digitales:
  • La sentencia hace referencia a resoluciones del Tribunal Supremo que han aceptado correos electrónicos como prueba documental cuando cumplen ciertos requisitos.

    Sin embargo, no considera los pantallazos de WhatsApp como prueba documental, ya que su autenticidad no está garantizada por sí sola.

  • 4. Validez de la carta de despido enviada por WhatsApp:
  • En contraste con las capturas aportadas por la trabajadora, el tribunal sí admitió como prueba la carta de despido enviada por WhatsApp a la trabajadora por la empresa.

    Se consideró válida porque contenía datos verificables: el nombre de la trabajadora, el de la empresa y la fecha del despido.

Conclusión

El TSJ Aragón reafirma que los pantallazos de WhatsApp pueden ser utilizados como prueba en un juicio, pero solo si se autentican adecuadamente. La falta de verificación puede llevar a su exclusión, como ocurrió en este caso. Esta sentencia refuerza la necesidad de aplicar medios técnicos y procesales que garanticen la fiabilidad de las pruebas digitales en procedimientos judiciales.

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