DEFINICIÓN

Son consideradas como tales aquellas acciones cometidas por personas jurídicas (empresas) o físicas que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos establecidos legalmente

El alta en la Seguridad es un derecho que tienen los trabajadores en España. Cuando los empleadores no lo hacen, el Código Penal castiga a quien contrate simultáneamente a una pluralidad de trabajadores: A. Sin el alta correspondiente en la Seguridad Social. B. Personas extranjeras sin el permiso de trabajo.

El Código Penal castiga estas conductas con las penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses

REQUISITOS

Que el número de trabajadores afectados sea al menos de:

  • el veinticinco por ciento, en las empresas que ocupen a más de cien trabajadores,
  • el cincuenta por ciento, en las empresas que ocupen a más de diez trabajadores y no más de cien, o
  • la totalidad de los mismos, en las empresas que ocupen a más de cinco y no más de diez trabajadores.

El bien jurídico protegido por estos delitos es colectivo pues se trata de salvaguardar el interés estatal en la existencia de unas condiciones mínimas profesionales en el trabajo y los derechos individuales del ciudadano derivados de su condición de trabajador.

Son delitos especiales propios, esto es, al referirse a los derechos y obligaciones que rigen en la relación laboral, el sujeto activo sólo puede ser el empresario o empleador (empresario individual o colectivo, profesional o no, sociedad de cualquier clase, sindicatos, partidos políticos, entidades de Derecho Público). El sujeto pasivo será el trabajador, sea español o extranjero y preste sus servicios en el sector privado o público.

El tipo penal pretende garantizar la efectividad del ordenamiento jurídico laboral, de los derechos, individuales y colectivos, y de las personas trabajadoras. El legislador razona que, cuando los medios preventivos y sancionadores con que cuenta el ordenamiento laboral ceden ante nuevas formas de criminalidad grave, es inevitable el recurso, como última ratio, al Derecho penal.

¿CÓMO ACTUAR ANTE ESTE TIPO DE DELITOS?

  • Consultar con un abogado para que verifique la existencia del delito y te asesore en los pasos a seguir.
  • Presentar denuncia en la Inspección de Trabajo y en la Seguridad Social, por escrito.
  • Agregar la narrativa de los hechos y detalles que se consideren importantes para la presentación de la denuncia.

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¿Qué opinan nuestros clientes?

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