Existe a día de hoy más de 650.000 denuncias puestas en España por haber incumplido las restricciones de circulación y movimiento, justo un mes después de que se haya decretado el estado de alarma.

El Gobierno ha remitido a las delegaciones de Gobierno una guía para las sanciones que se imponen a quienes se saltan las restricciones del estado de alarma.

El Ministerio del Interior quiere, aclarar el procedimiento y las cuantías de las multas por incumplir las normas que limitan los movimientos.

Guía de sanciones con el importe de la sanción

HECHOSCIRCUNSTANCIASPROPUESTA DE SANCIÓN
01 Desplazamiento no autorizado Sin circunstancias concurrentes 601 €
02 Actitud inapropiada del infractor Menosprecio 2.000 €
03 Intimidación, cuando no constituya infracción penal 3.000 €
04 Violencia o amenaza, cuando no constituya infracción penal 10.400 €
05 Persistencia referida a restricciones a la libre circulación Propuesta de sanción sometida a variabilidad en razón de la persistencia 1.200 €
06 Persistencia referida a realización de actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales Propuesta de sanción sometida a variabilidad en razón de la persistencia 2.000 €
07 Presencia de Menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en el vehículo sin causa justificada   1.500 €
08 Desplazamiento no autorizado Es compañía, número de personas 1.500 €
09 Desplazamiento no autorizado hacia segunda residencia   1.500 €
10 No identificación inicial debido a dificultades propiciadas dolosamente por la persona infractora   700 €
11 Actuación deliberada del infractor para evitar o dificultar su identificación   1.500 €
12 Organización o participación en actividades en común, festejos, celebraciones, etc Nivel de Riesgo elevado en virtud del número de personas, circunstancias y proximidad 10.400 €

Traslados a segundas residencias.

Los infractores que sean pillados trasladándose a una segunda vivienda serán multados con 1.500 euros y los que sean interceptados en un desplazamiento no legal serán multados con 601 euros.

Si el acta viene motivada por la organización o participación en actividades en común como “festejos y celebraciones”, la propuesta de sanción es de 10.400 euros.

Fiestas a escondidas.

"La realización de actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales, por ejemplo, un convite o una fiesta organizada a escondidas" podría penalizarse con hasta 2.000 euros, dependiendo de si los autores del presunto delito son o no reincidentes.

Ocupantes en un vehículo.

Las multas por llevar a menores, a personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en los supuestos de circulación mediante vehículo no permitida que incremente los riesgos de contagio del COVID-19 asciende a 1.500 euros. El número de ocupantes del vehículo (con independencia de que se identifique a todos los ocupantes mayores de edad) también se multará si sobrepasa lo permitido: 1.500 euros.

Tener una actitud violenta o amenazante hacía el agente policial; se podría recibir una multa de 10.400 euros. Este documento interno subraya la importancia de la actitud del denunciado hacía los policías. Se documentará si el infractor ha respondido ante la llamada del agente con "menosprecio, jactancia o mala educación" y se tendrá en cuenta a la hora de la multa si ha habido insultos y amenazas a los agentes.

Actividades esenciales permitidas.

Las actividades esenciales permitidas: desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial , retorno al lugar de residencia habitual, asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, desplazamiento a entidades financieras y de seguros, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Hay recursos contra las sanciones por incumplir las medidas de la cuarentena (estado de alarma).

La manera para defenderte será diferente dependiendo de si la sanción es administrativa o penal. Puede ser en forma de alegaciones, de recurso administrativo o contencioso-administrativo o, en caso de delito de desobediencia, mediante una buena defensa penal.

Como recurrir una sanción o multa administrativa por incumplir la cuarentena.

Ante una sanción o multa administrativa por incumplir la cuarentena, tus objetivos principales a lo largo del procedimiento administrativo serían tres:

  • Acreditar que tu conducta tenía justificación y no merece ser sancionada.
  • Disminuir el importe de la sanción.
  • Argumentar la prescripción de la infracción o la sanción.

Acreditar que tu conducta no merece ser sancionada

Para acreditar que tu conducta tenía justificación y no merece ser sancionada, tendrás que demostrar, por ejemplo, que efectivamente ibas al trabajo, a cuidar a una persona dependiente, a tu residencia habitual, a la compra u otras actividades que permite el real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Minimizar el importe de la sanción

Cuando resulte imposible justificar nuestra conducta, las alegaciones irán dirigidas a impugnar la calificación de la sanción. Trataremos de que se convierta en leve en lugar de grave o en grave en lugar de muy grave.

También podremos entrar a discutir la graduación de la sanción. No es lo mismo una sanción grave de 601€ que de 30.000€. Sin embargo, ambas son graves y tendrá que haber una justificación del porqué se impone un importe de multa y no otra.

Plazos de prescripción de la infracción y la sanción

En todos los casos en los que se alegue o recurra una sanción por incumplir el estado de alarma habrá que estar atentos a los plazos de prescripción, tanto de la infracción como de la sanción.

Estos plazos pueden variar en función de que ley hayas infringido. Por este tipo de detalles es importante a la hora de recurrir la sanción.

Alegaciones

Lo primero, tienes que recibir la notificación de la sanción o multa administrativa por incumplir el estado de alarma o cuarentena. En este momento se inicia un plazo de 15 días para hacer alegaciones.

Recurso administrativo

Finalizada la fase de alegaciones, el siguiente paso es el de interponer un recurso de alzada contra la resolución del procedimiento administrativo, si es que las alegaciones han sido desestimadas.

Recurso Contencioso-Administrativo por incumplir cuarentena

Una vez finalizada la fase administrativa sancionadora (alegaciones, recursos…) puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juez, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

Procedimiento Penal por desobedecer cuarentena

Si te han denunciado por desobediencia o resistencia grave a la autoridad, con ocasión del incumplimiento de las medidas del estado de alarma, se va a iniciar un procedimiento penal. Es esencial que cuentes con un buen abogado que te defienda para que la sentencia sea absolutoria.




Si aún así te condenan, debes saber que contra esa sentencia tu abogado puede Puedes eliminar o reducir las multas y sanciones por incumplir la cuarentena (estado de alarma). En FRANCO&ROMERO ABOGADOS, te explicamos las claves recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial que te corresponda.

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