Este delito castiga los actos que atentan contra la libertad sexual de la víctima. Además, se trata de delitos de mera actividad, ya que no requieren un resultado concreto, y pueden ser castigados en grado de tentativa. La Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, fue la última modificación que se realizó a este delito.
El artículo 178.1 del Código Penal castiga con una pena de prisión de 1 a 4 años a todo aquel que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento.
Se entiende que hay consentimientocuando se manifiesta libremente a través de “actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.
Además, el apartado segundo puntualiza que en todo caso se consideran agresión sexual los actos que se realicen mediante “violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima”, así como los que se ejecuten sobre personas que estén privadas de sentido o de cuya situación mental se abuse y los que se perpetren cuando la víctima tenga anulada su voluntad por cualquier causa.
Por otro lado, el apartado tercero, aumenta la pena de 1 a 5 años en caso de que se haya empleado violencia, intimidación o sobre una víctima que tenga anulada su voluntad por cualquier causa.
El tipo agravado del delito de agresión sexual se encuentra regulado en el artículo 179 del Código Penal, que castiga con la pena de prisión de 4 a 12 años el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías”. Aumentando la pena de prisión de 6 a 12 años cuando se comete con violencia o intimidación, o si la víctima tiene anulada su voluntad. El artículo 180 del Código Penal recoge los subtipos agravados de este delito.
CASO EN BADAJOZ
La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a una mujer de 26 años a ocho años y dos días de prisión por los delitos de lesiones, agresión sexual y detención ilegal ejercidos contra una mujer con la que convivía, que era su pareja. La sentencia incluye la pena de tres años y un día de prisión por un delito de lesiones, dos años y un día por detención ilegal, dos años por agresión sexual, seis meses por quebrantamiento de medidas cautelares y otros seis por amenazas más el abono de una responsabilidad civil a la víctima de más de 6.050 euros, además de 60 días de localización por dos delitos graves de vejaciones injustas.