Son actividades ilegales que afectan negativamente al equilibrio del planeta. Estas acciones ponen en peligro la vida de las especies animales, su entorno natural y los ecosistemas.
Son delitos contra el medio ambiente que pueden tener un impacto negativo significativo, y se encuentran regulados en los artículos 332 y siguientes del Código Penal.
Además de estar regulados en el Código Penal, se deben observar disposiciones de carácter general, las cuales protegen determinados ejemplares, especies objeto de caza y de pesca comercializables. (Catálogo de especies amenazadas, Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, Real Decreto 1095/89 de especies de objeto de caza y pesca..etc)
DELITOS CONTRA LA FLORA
Son acciones enfocadas en perjudicar a las especies protegidas de flora silvestre, sus partes y productos derivados, así como la alteración grave de su hábitat. Este daño o modificación se puede provocar:
- Tala y corte
- Arranque y Recolección
- Compra y tenencia
- Destrucción
- Tráfico
Por ejemplo la tala ilegal de árboles en una zona protegida o reserva natural, pues puede afectar también el ecosistema local y poner en peligro otras especies que dependen de esa flora para su supervivencia, o la adquisición ilegal de plantas protegidas para tenerlas en jardines privados o venderlas en el mercado negro, pues pondría en peligro su supervivencia y contribuiría al tráfico ilegal.
La pena estipulada será prisión de 6 meses a 2 años o multa de 8 a 24 meses, e inhabilitación de 6 meses a 2 años para desempeñar profesión. En los casos de especies calificadas en peligro de extinción, se fijará la pena en su mitad superior.
DELITOS CONTRA LA FAUNA
Aunque la caza y la pesca son actividades permitidas, deben llevarse a cabo bajo ciertas condiciones, quien las infrinja incurrirá en prisión de 6 meses a 2 años o multa de 8 a 24 meses, e inhabilitación de 2 a 4 años para desempeñar profesión.
- Pescar, cazar, poseer, comercializar, destruir o traficar especímenes protegidos de fauna silvestre, sus partes y derivados.
- Actividades encaminadas a obstaculizar e impedir su migración o reproducción.
- Perjudicar o destruir de manera grave su hábitat.
- También son castigadas las conductas de introducir o liberar especies de flora o fauna no autóctonas.
CASO EN BADAJOZ
La Guardia Civil ha instruido diligencias a un ganadero como presunto autor de delitos relativos a la protección de la flora y fauna y animales domésticos . Al tener conocimiento el Seprona de Hornachos de la supuesta existencia de ovejas muertas y descuidadas en parajes de Zafra, Badajoz. Con la información recibida y fruto de las indagaciones llevadas a cabo, hallaron en caminos públicos los cadáveres abandonados de siete ovejas y otras dos en estado agonizante, pertenecientes a una explotación ganadera.