Se puede dejar sin efecto la pensión de alimentos cuando no existe relación entre el progenitor obligado a abonar dicha pensión de alimentos y el hijo que la recibe, pero han de cumplirse varios requisitos:

REQUISITOS:

  • Que el hijo cuya pensión de alimentos se pretende extinguir haya alcanzado la mayoría de edad. No se podrá extinguir la pensión de alimentos si el hijo que la recibe aún es menor de 18 años.
  • Que la ausencia de la relación sea debida única y exclusivamente al hijo mayor de edad cuya pensión se desea extinguir, es decir, que exista negativa por parte del hijo a tener relación con el progenitor alimentante y que la causa de la misma sea exclusivamente imputable al hijo.
  • Que la inexistencia de la relación paternofilial sea sustancial, es decir que sea manifiesta y duradera en el tiempo.

Para poder extinguir la pensión de alimentos en el caso de que se cumplan estos requisitos, se deberá iniciar por parte del progenitor que pretende dejar sin efecto dicha pensión un procedimiento de modificación de medidas contra el hijo en cuestión, solicitando la extinción de la misma por ausencia de relación y aportando documentación que pruebe tal extremo.

La ausencia de relación como causa de extinción de la pensión de alimentos se equipara a una de las causas de desheredación, tal y como se recoge en la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 104/2019 de 19 de febrero de 2019, en la cual por primera vez se reconoce la inexistencia de relación entre el progenitor que abona la pensión de alimentos y el hijo que la recibe como causa de extinción de dicha pensión de alimentos, siempre que se cumplan los requisitos que se especifican anteriormente.

A partir de la mencionada sentencia, han sido numerosas las Audiencias Provinciales que se han pronunciado en este sentido, siendo la Sentencia más reciente hasta la fecha, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca núm. 44/2023, de 1 de febrero de 2023, en cuyo fundamento de derecho tercero se recoge lo siguiente:

“Concurre una causa que, por sí sola, ya es suficiente para acordar la citada extinción. En concreto la falta de relación entre padre e hija imputable solo a ésta”, motivo por el cual se extingue finalmente la pensión de alimentos.

Blog Actualidad Jurídica

¿Qué opinan nuestros clientes?

5 out of 5 stars

Muy buena experiencia, en mi caso se me ha tratado bien en todos los aspectos, muy buenos profesionales, atentos, respetuosos, he sido informada en todo momento, el procedimiento a sido rápido y muy bien gestionado, con resultado de éxito. Tengo claro que siempre que necesite abogado, contaré con ellos. Quedo muy satisfecha. Gracias.

5 out of 5 stars

Gracias Abogado Franco , por su trabajo , estoy muy feliz , para mí el mejor , muchas bendiciones y que sigas siendo esa persona profesional en lo que hace y tener empatía por las demás personas , muchas pero muchas gracias muy agradecida

5 out of 5 stars

Es un placer expresar mi recomendación entusiasta sobre Franco & Romero Abogados. Su servicio es verdaderamente ejemplar, caracterizado por una notable agilidad, compromiso y organización. El Dr. Carlos Franco, en particular, demuestra una dedicación excepcional al tratar los asuntos de los clientes, siendo no solo atento, sino también un profesional de alto calibre. Su competencia y experiencia hacen que la experiencia del cliente sea aún más gratificante y confiable. En resumen, es un placer para mí reconocer y destacar la excelencia de esta firma y recomendar sus servicios sin reservas.

5 out of 5 stars

Estoy muy contenta con los resultados de este despacho. Gracias a la rapidez y eficaz que son, hoy tengo mi permiso de residencia y trabajo. Muchas gracias. Lo recomiendo, excelente trabajo!

5 out of 5 stars

Atención muy personalizada, rapidez, trasmite confianza y seguridad le he consultado en más de una ocasión y la verdad sus respuestas han sido más que satisfactorias ¿Qué más se puede pedir cuando uno tiene que solucionar un problema? ¡Totalmente recomendables! Muchísimas gracias por vuestra ayuda.

Franco&Romero con el Deporte

We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.