La semana pasada publicamos los requisitos para obtener el permiso de residencia en la modalidad de arraigo familiar en la que el padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española puede conseguir el permiso de residencia y trabajo en España durante 5 años.
En la publicación de hoy, de manera semejante recogeremos el supuesto en el que los ascendientes de ciudadano español mayor de edad, o de su cónyuge o pareja de hecho puede optar a este permiso .
Para ello, es necesario que el padre, madre o resto de ascendientes de la persona mayor de edad de nacionalidad española o de su cónyuge o pareja de hecho, se encuentre en alguno de estos dos casos:
- Que el ascendiente que solicita el permiso sea mayor de 65 años.
- Que el ascendiente que solicita el permiso esté a cargo del ciudadano español o de su cónyuge o pareja de hecho en el caso de que sea menor de 65 años.
En este caso, si por ejemplo, su marido es nacional español y usted posee la nacionalidad de origen, su madre mayor de 65 años puede obtener la residencia en España a través de esta modalidad.
El resto de requisitos comunes a las otras modalidades de arraigo familiar son:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
- Carecer de antecedentes penales en España y los países anteriores de residencia durante los últimos 5 años.
- No tener prohibida la entrada en España y no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno.
Este tipo de permiso habilita a residir y trabajar por cuenta propia y ajena durante 5 años.