Salvo que los contratantes dispongan de otra cosa, los聽gastos聽de otorgamiento de escritura p煤blica son de cuenta del聽vendedor, y los de primera copia y dem谩s posteriores a la venta de cuenta del聽comprador. Por gastos de otorgamiento de聽 escritura p煤blica han de entenderse los relativos a la escritura matriz, que es el coste m谩s elevado.
En cuanto a los聽gastos posteriores a la perfecci贸n del contrato de compraventa聽si nada se ha pactado se entiende que corresponder谩n al comprador los gastos derivados de la inscripci贸n en el Registro de la Propiedad y el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o del IVA seg煤n se trate de compraventa de segunda mano o compraventa de vivienda nueva a la Promotora.
Pero lo m谩s habitual es pactar que los gastos de Notar铆a y Registro corran por cuenta de la parte compradora.
El pago del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana corresponde al聽vendedor, salvo pacto en contra.
Salvo pacto en contrario, el comprador est谩 obligado a pagar el IVA, en caso de primera transmisi贸n, o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en caso de segunda o sucesivas transmisiones.
Si el comprador constituye hipoteca para la compra del inmueble tiene que pagar la escritura notarial, el Impuesto de Actos Jur铆dicos Documentados (1%) y los honorarios del Registrador de la Propiedad, am茅n de los聽gastos financieros de la concesi贸n del pr茅stamo.
A pesar de que la ley establece qu茅聽gastos聽competen al vendedor y cuales al comprador, se admiten los pactos entre las partes que modifiquen lo establecido en la legislaci贸n aplicable.
Calculadora sobre escritura de propiedad
No obstante, pese a la聽libertad de pacto聽mencionada, hay que tener en cuenta que en las compraventas a promotoras la Jurisprudencia ha considerado abusivas algunas cl谩usulas como las que pretenden imponer al consumidor los gastos derivados de la聽preparaci贸n de la titulaci贸n que por su naturaleza correspondan聽al empresario, como ser铆a la聽escritura de obra nueva y divisi贸n horizontal, hipotecas para financiar la construcci贸n o su divisi贸n y cancelaci贸n. Tambi茅n se ha considerado abusiva la cl谩usula en virtud de la cual la Promotora impone al comprador el pago de la plusval铆a o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.聽No lo ser铆a si la compraventa fuera entre particulares.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por Ley suele corresponder al que sea propietario del inmueble el 1 de enero del a帽o en que tenga lugar la compraventa, siendo posible el pacto en contrario. Cada vez es m谩s frecuente que se pacte que se pague proporcionalmente a los meses que tenga la vivienda cada uno, si bien dichos pactos no son oponibles a la administraci贸n, sino simplemente exigibles entre las partes.